Alcaldía de Yarumal

Dependencia: Departamento Administrativo de Evaluación y Control
Correo: [email protected]
teléfono: 6048537675
Dirección: Calle 20 # 20-05 - 2º Piso

Propósito: El objetivo del Departamento Administrativo de Evaluación y Control, es realizar la evaluación independiente de los procesos de la administración municipal y liderar el sistema de control interno de la entidad, con el fin de determinar la coherencia de sus procesos con los objetivos y resultados inherentes a la misión institucional.

Funciones: 

  1. Asesorar y apoyar al alcalde en el diseño, implementación y evaluación del Sistema de Control Interno, y verificar su operatividad. 
  2. Desarrollar instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de autocontrol y de calidad que contribuya al mejoramiento continuo en la prestación de los servicios de competencia del municipio. 
  3. Diseñar los planes, métodos, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación del Sistema de Control Interno del municipio. 
  4. Aplicar el control de gestión e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al alcalde haciendo énfasis en los indicadores de gestión diseñados y reportados periódicamente por la Dirección de Planeación y las Secretarías de Infraestructura y Ambiente. 
  5. Velar y verificar el cumplimiento de las políticas, normas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del municipio, recomendar los ajustes pertinentes y efectuar el seguimiento a su implementación. 
  6. Asesorar a las dependencias de la administración municipal, en la identificación y prevención de los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos. 
  7. Asesorar, acompañar y apoyar a los servidores del municipio en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno y mantener informado al alcalde sobre la marcha del Sistema. 
  8. Contribuir a la eficacia, eficiencia y economía en todas las operaciones del Municipio, promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades necesarias para el logro de la misión institucional. 
  9. Contribuir a la correcta evaluación y seguimiento de la gestión administrativa del Municipio y asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros. 
  10. Fomentar la cultura de autocontrol y autoevaluación, implementando herramientas e instrumentos que contribuyan al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional. 
  11. Presentar informes de actividades al alcalde y al Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. 
  12. Apoyar al alcalde municipal en la formulación y coordinación de los planes de mejoramiento y en su seguimiento, que deba suscribir y presentar como resultado de los hallazgos de cualquier auditoría practicada por los organismos de control respecto de la gestión del municipio. 
  13. Apoyar el desarrollo, sostenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión Municipal, supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones. 
  14. Desarrollar programas de auditoría de conformidad con la naturaleza objeto de evaluación, formulando las observaciones y recomendaciones pertinentes. 
  15. Acompañar y asesorar a las diferentes dependencias del Municipio, en la implementación y desarrollo del proceso de administración del riesgo, y realizar la evaluación y seguimiento del mismo. 
  16. Llevar y mantener actualizado el registro de contratos vigentes, en liquidación o liquidados, con fundamento en la información que reporten las diferentes dependencias en las que se surtan las etapas: contractual y de liquidación de los mismos. 
  17. Planear, dirigir y organizar la evaluación sistemática e independiente del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. 
  18. Asesorar el diseño, implantación y actualización de los indicadores de gestión y del Sistema de Administración de Riesgos, con el fin de aumentar la capacidad de autocontrol y el fortalecimiento de los Sistemas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y de control administrativo. 
  19. Velar por el desarrollo y funcionamiento de los comités que por competencia le establezca la ley, los órganos del Estado y el Concejo Municipal. 
  20. Vigilar que la atención se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y rendirá a la administración de la entidad un informe semestral sobre el particular. 
  21. Publicar cada seis (6) meses en la página web de la entidad, un informe pormenorizado del estado del control interno, so pena de incurrir en falta disciplinaria grave. 
  22. Remitir el informe sobre los resultados de la evaluación de gestión por áreas o dependencias de la entidad para que sean tomadas como criterio o factor en la evaluación del desempeño laboral de los servidores. 
  23. Efectuar el seguimiento para que la evaluación del desempeño laboral de los empleados tenga en cuenta las evaluaciones de gestión. 
  24. Verificar la efectividad de los sistemas de control interno, para procurar el cumplimiento de los planes, metas y objetivos previstos. 
  25. Presentar antes del 30 de enero de cada año el informe ejecutivo anual del Sistema al representante legal de la entidad. 
  26. Evaluar el proceso de planeación, en toda su extensión. 
  27. Evaluar que estén claramente definidos los niveles de autoridad y responsabilidad y que todas las acciones desarrolladas por la entidad se enmarquen dentro de este contexto. 
  28. Evaluar los procesos misionales y de apoyo, adoptados y utilizados por la entidad, con el fin de determinar su coherencia con los objetivos y resultados comunes e inherentes a la misión institucional. 
  29. Asesorar y acompañar a las dependencias en la definición y establecimiento de mecanismos de control en los procesos y procedimientos, para garantizar la adecuada protección de los recursos, la eficacia y eficiencia en las actividades, la oportunidad y confiabilidad de la información y sus registros y el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales. 
  30. Verificar que el Comité de Conciliación de la entidad realicen los estudios pertinentes para determinar la procedencia de la acción de repetición. 
  31. Requerir al servidor público saliente que se abstenga de realizar la entrega del informe de los asuntos y recursos a su cargo, en los términos de ley. 
  32. Realizar seguimiento al Plan de Transparencia y Ética Pública. 
  33. Reportar a los organismos de control los posibles actos de corrupción e irregularidades que haya encontrado en ejercicio de sus funciones. 
  34. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el alcalde, el honorable concejo, la personería municipal y las dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes. 
  35. Dar cumplimiento a la Ley 951 de 2005 o normas que la modifiquen, respecto a presentar oportunamente informe de gestión y acta de empalme, cuando se presente la novedad de separación del cargo. 
  36. Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento de los Sistemas de Calidad (MIPG, SIG, SG-SST, Sistema de Gestión Documental, entre otros). 
  37. Asumir la supervisión de los contratos o convenios, previa designación del ejecutivo municipal. 
  38. Las demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del municipio, o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones