Alcaldía de Yarumal

Dependencia: Departamento Administrativo General y de Gobierno
Correo: [email protected]
teléfono: 6048537675
Dirección: Calle 20 # 20-05 - 2º Piso

Propósito: El objetivo del Departamento Administrativo General y de Gobierno, girará en torno a temas esenciales para el desarrollo de los asuntos propios de la administración municipal y que están relacionados con direccionar, planear y controlar las políticas de operación administrativas, conduciendo estratégicamente el desarrollo del talento humano, la administración de bienes, el fortalecimiento, el mejoramiento continuo del sistema de desarrollo organizacional, Jurídico y de contratación, la gestión de las comunicaciones y las tecnologías de la información y las comunicaciones, en cumplimiento de la normatividad vigente, permitiendo el mejoramiento continuo y la correcta prestación de los servicios, fortaleciendo la confianza en los servicios institucionales y la toma de decisiones con el fin de incrementar la capacidad administrativa y la productividad del ente territorial.

Funciones:

  1. Coordinar las relaciones políticas de la administración municipal con las corporaciones públicas de elección popular y los gobiernos en los niveles local, municipal, regional y nacional. 
  2. Ejercer la jefatura de gabinete y de personal, con respecto al nivel directivo, la planta específica y la planta global de la administración municipal de Yarumal, pudiendo efectuar nombramientos y designaciones de personal, así como sus respectivas posesiones, para lo que queda delegado en los términos del Artículo 2 de la Ley 489 de 1998. 
  3. Direccionar, planear y controlar las políticas de operación administrativas conduciendo estratégicamente el desarrollo del talento humano, la administración de bienes, el proceso jurídico y de contratación, la gestión de las comunicaciones y las tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs), en cumplimiento de la normatividad vigente y permitiendo el mejoramiento continuo y la correcta prestación de los servicios, fortaleciendo la confianza en los servicios institucionales y la toma de decisiones con el fin de incrementar la capacidad administrativa y la productividad del ente territorial. 
  4. Asesorar y ejercer la tutela y salvaguarda de los derechos de la administración, mediante la orientación y revisión de las actuaciones asignadas por el alcalde, para ajustarlas conforme a la ley.
  5. Apoyar la defensa oportuna y eficaz de los intereses del municipio frente a terceros y establecer los mecanismos de coordinación adecuados para concertar los criterios procedentes básicos de las diferentes dependencias de la administración municipal, de conformidad con las instrucciones impartidas por el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Entidad, del cual ejercerá la secretaría técnica. 
  6. Planear, coordinar, desarrollar y dinamizar el proceso de comunicación interna y externa de la administración municipal, a través de los diferentes medios de comunicación, resaltando la imagen corporativa y las estrategias orientadas a la difusión oportuna y veraz de la información producida, que es de interés tanto para la comunidad en general como para los servidores públicos de la Entidad, contribuyendo al fortalecimiento de los procesos de comunicación interna y externa. 
  7. Ejercer la representación judicial y extrajudicial del municipio de Yarumal para efectos de comparecencia ante autoridades jurisdiccionales y/o administrativas cuando sea requerido. 
  8. El Director del Departamento Administrativo General y de Gobierno es delegatario de la función de conferir poder especial a los abogados cuando así lo estime pertinente, para que representen los intereses del municipio en los procesos judiciales y/o administrativos en donde la entidad funja como demandada, demandante o como interesada. 
  9. Gestionar la política del talento humano en los términos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, dando cumplimiento a la normativa existente en materia de seguridad social y demás prestaciones sociales. 
  10. Elaborar y tramitar los actos administrativos relacionados con la gestión del talento humano de la administración municipal. 
  11. Realizar la liquidación de los sueldos, seguridad social, factores salariales y demás prestaciones y reconocimiento del personal y verificar la efectiva vinculación de la alcaldía, sus servidores públicos y demás personal vinculado a la administración municipal al Sistema de Seguridad Social Integral. 
  12. Diseñar y ejecutar los planes y programas de capacitación y de bienestar social, salud ocupacional, aplicar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST y coordinar la realización de la evaluación del desempeño y de la gestión de los servidores públicos de la Alcaldía. 
  13. Adelantar las investigaciones de carácter disciplinario contra los servidores de la alcaldía y resolverlas en primera instancia. 
  14. Liderar la gestión documental en los términos de las normas vigentes. 
  15. Planear, organizar y controlar la prestación de los servicios de aseo, transporte, vigilancia de inmuebles, mantenimiento de equipos y vehículos, además de los servicios generales requeridos para el desarrollo de los planes y programas de la administración municipal. 
  16. Elaborar, formalizar y actualizar los manuales de procesos y procedimientos al amparo del marco legal, que formalicen la dinámica de la administración municipal, permitiéndole ser más efectiva y eficiente. 
  17. Definir, implementar y controlar las políticas, programas y proyectos para la gestión del talento humano en lo relacionado con la vinculación, entrenamiento, capacitación y evaluación al desempeño de los servidores públicos del municipio, con el fin de garantizar personal competente para la óptima prestación de servicios. 
  18. Implementar las políticas en materia de salud ocupacional en la administración municipal. 
  19. Atender, bajo la dirección del alcalde, y por conducto de las distintas dependencias de la administración central, la administración de bienes y servicios para las diferentes dependencias de la alcaldía. 
  20. Elaborar el plan de seguros del municipio ajustado a las necesidades y normas técnicas y fiscales adoptadas. 
  21. Realizar seguimiento y control de los requerimientos de mantenimiento preventivo y correctivo que requieran los bienes muebles e inmuebles de la Entidad, que incluya desde el diagnostico hasta la ejecución. 
  22. Realizar el seguimiento y control al consumo y utilización de servicios públicos en las sedes de propiedad o bajo la administración de las dependencias del municipio. 
  23. Coordinar y controlar la prestación de servicios generales, de mantenimiento, vigilancia, aseo transporte, cafetería y demás que se requieran para el correcto funcionamiento del municipio. 
  24. Apoyar y participar en la elaboración del proyecto anual de presupuesto para amparar los gastos por servicios personales asociados a nómina. 
  25. Coordinar con todas las dependencias de la administración, lo relativo a la evaluación de desempeño de los funcionarios de carrera administrativa, de acuerdo a las directrices de la Comisión Nacional del Servicio Civil. 
  26. Apoyar al alcalde en la realización de los acuerdos de gestión para los cargos de libre nombramiento y remoción.
  27. Formular, elaborar, proponer y ejecutar el Plan Institucional Anual de Capacitación de Inducción y Reinducción, aplicable a los funcionarios de la administración municipal. 
  28. Diseñar, dirigir y administrar los programas de formación, capacitación, bienestar laboral y estímulos e incentivos para los servidores públicos del municipio, de acuerdo con lo previsto en la ley y en los planes específicos. 
  29. Elaborar el plan anual de vacantes y remitirlo al Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP, en cumplimiento de la normativa vigente. 
  30. Coordinar la realización de estudios sobre la planta de personal; proponer la actualización del manual específico de funciones, competencias y requisitos para los empleos del municipio y determinar los perfiles de los cargos que deberán ser provistos. 
  31. Coordinar el proceso administrativo relacionado con la selección y elección de los miembros de la comisión de personal de la entidad y su funcionamiento. 
  32. Asegurar la aplicación del sistema de quejas, reclamos y sugerencias de la administración municipal. 
  33. Coordinar la política antitrámites del municipio de Yarumal y la implementación de estrategias que acerquen el municipio al ciudadano. 
  34. Formular, orientar y coordinar las políticas, planes y programas para la atención y prestación de los servicios al ciudadano en su calidad de usuarios de los mismos en el municipio. 
  35. Servir de ente articulador entre el Departamento Administrativo de Evaluación y Control y las diferentes dependencias municipales para el efectivo cumplimiento de los requerimientos que en materia de control interno se realicen y la oportuna atención de las solicitudes existentes. 
  36. Elaborar y actualizar el Plan Estratégico de Tecnología de la Información del municipio para precisar el manejo de la información y los desarrollos tecnológicos. 
  37. Asesorar a la alcaldía, secretarías de despacho y demás dependencias, en lo que respecta a los sistemas de información, desarrollando o recomendando las aplicaciones informáticas requeridas para su óptimo funcionamiento. 
  38. Administrar y coordinar el debido uso de las locaciones pertenecientes a la administración municipal. 
  39. Diseñar las políticas tendientes al fortalecimiento jurídico del municipio. 
  40. Brindar la asesoría y el acompañamiento jurídico que el alcalde y las demás dependencias de la administración municipal requieran para el ejercicio de sus funciones. 
  41. Asesorar, revisar y evaluar la legalidad, pertinencia, coherencia y conveniencia de los proyectos de actos administrativos del alcalde o los que deba sancionar, objetar o suscribir.
  42. Unificar criterios jurídicos que permitan la toma correcta de decisiones en todos los niveles jerárquicos de la administración. 
  43. Dirigir los procesos de contratación de la administración municipal y la gestión de adquisiciones y suministros de bienes e insumos requeridos para el normal funcionamiento de las diferentes dependencias del municipio de Yarumal. 
  44. Adelantar el desarrollo de las diferentes etapas de los procesos contractuales que requiera la administración municipal, de acuerdo a los requerimientos de cada dependencia y el impulso que se brinde desde la unidad ejecutora solicitante, cumpliendo de manera integral con la normativa y los procedimientos establecidos en el Estatuto General de Contratación Pública. 
  45. Adelantar los procesos por enajenación voluntaria o decretar la expropiación de inmuebles en los casos previstos en artículo 10 de la Ley 388 de 1997 y demás normas que la modifiquen, reglamenten, sustituyan o complementen. 
  46. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el alcalde, el honorable concejo, la personería municipal y las dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes. 
  47. Dar cumplimiento a la Ley 951 de 2005 o normas que la modifiquen, respecto a presentar oportunamente informe de gestión y acta de empalme, cuando se presente la novedad de separación del cargo. 
  48. Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento de los Sistemas de Calidad (MIPG, SIG, SG-SST, Sistema de Gestión Documental, entre otros). 
  49. Ordenar el gasto en los asuntos que sean materia de competencia de la dependencia que lidera. 
  50. Asumir la supervisión de los contratos o convenios, previa designación del ejecutivo municipal.
  51. Dirimir los conflictos de competencia que se presenten al interior de la administración municipal bien sea entre sus dependencias o entre quienes desempeñan los cargos de los diferentes niveles dentro de la estructura de la misma. 
  52. Ejercer la competencia residual sobre aquellos asuntos no asignados a otras dependencias, o, en su defecto, asignarlos a aquellas mediante acto administrativo motivado. 
  53. Las demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del municipio, o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones.