Alcaldía de Yarumal

Dependencia: Dirección Financiera
Correo: [email protected]
teléfono: 3106850768
Dirección: Calle 20 # 20-05 - 2º Piso

Propósito: El objetivo de la Dirección Financiera, es diseñar, planificar y ejecutar las estrategias y acciones necesarias para lograr el oportuno y adecuado pago de los compromisos y obligaciones a cargo del municipio, contribuyendo al cumplimiento de los planes de gobierno municipal y garantizando la adecuada administración y manejo de los recursos

Funciones:

  1. Asesorar al secretario de Hacienda y a la administración municipal en la formulación, coordinación, ejecución y control de las políticas y planes generales de la misma, particularmente en el pago, recaudo e inversiones de recursos del tesoro. 
  2. Coordinación de programas y proyectos dirigidos a la optimización de los procedimientos existentes con el fin de gestionar el pago de las obligaciones a cargo del municipio.
  3. Gestionar con las diferentes entidades públicas y privadas el traslado oportuno de los recursos que por norma hacen parte de las rentas del municipio. 
  4. Dirigir la actividad de pago e inversiones y en general todas las operaciones relacionadas con el manejo del Tesoro municipal. 
  5. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el proceso de jurisdicción coactiva y efectuar el cobro a través de este proceso en las multas impuestas a favor del municipio. 
  6. Coordinar la elaboración del PAC. 
  7. Recaudar con arreglo a las disposiciones vigentes el valor de servicios, impuestos, recargos, intereses, multas y los demás valores a cargo del municipio, relacionados con sus rentas. 
  8. Coordinar hasta su terminación los juicios ejecutivos por jurisdicción coactiva a que haya lugar, comenzando por el proceso del cobro persuasivo, para lo que se efectúa delegación del alcalde. 
  9. Efectuar los pagos que le corresponden, si los documentos respectivos reúnen las condiciones exigidas por las leyes, ordenanzas, acuerdos y demás normas fiscales. 
  10. Coordinar la expedición de paz y salvo por concepto de impuestos. 
  11. Coordinar la organización y conservación de los archivos financieros de la entidad, de acuerdo con las disposiciones que le rijan. 
  12. Rendir a la Contraloría General de Antioquia las cuentas o informes determinados por esa entidad, en la forma y dentro de términos que ella le fije. 
  13. Efectuar las retenciones que en debida forma sean ordenadas por autoridades judiciales o por otros funcionarios que tengan facultad legal para ello. 
  14. Exigir a los recaudadores la consignación oportuna y en las entidades bancarias y financieras debidamente autorizadas los recaudos que efectúen y a que rindan sus cuentas diariamente. 
  15. Responder ante la Contraloría General de Antioquia por los requerimientos y glosas que en el ejercicio de las operaciones de la gestión administrativa y operativa se produzcan y dando respuesta dentro de los términos ordenados por el ente fiscalizador. 
  16. Atender a los contribuyentes morosos para la celebración de acuerdos conforme a las políticas del municipio y a los requerimientos jurídicos establecidos. 
  17. Atender los flujos de caja y el PAC con préstamos de tesorería, que deberán ser cancelados durante la vigencia presupuestal. 
  18. Velar por la oportuna y correcta calificación del personal en carrera administrativa. 
  19. Cumplir las normas de reserva respecto a la información emanada de la administración y de su cargo. 
  20. Velar por la organización, consulta, conservación y custodia del archivo de gestión de su dependencia, sin perjuicio de la responsabilidad señalada en el numeral 6 del Artículo 38 de la Ley 1952 de 2019 para todo servidor público. 
  21. Emitir y expedir las resoluciones de prescripción de los impuestos, para lo que se efectúa delegación de parte del alcalde. 
  22. Coordinar y tramitar la constitución de las pólizas de manejo necesarias en las gestiones administrativas de la entidad. 
  23. Firmar conjuntamente con el alcalde las cuentas, cheques, y en general la documentación pertinente al manejo presupuestal, financiero y contable del municipio. 
  24. Desarrollar los Planes de Acción tendientes al cumplimiento de las obligaciones del municipio, controlando las reservas contractuales, cumplimiento de obligaciones contractuales y los demás compromisos que adquiera la administración. 
  25. Pagar las cuentas debidamente legalizadas y que corresponda a gastos y obligaciones del municipio. 
  26. Revisar libros, caja menor, recibos de caja y demás registros que se procesan dentro de la dependencia. 
  27. Dar cumplimiento a la Ley 951 de 2005 o normas que la modifiquen, respecto a presentar oportunamente informe de gestión y acta de empalme, cuando se presente la novedad de separación del cargo. 
  28. Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento de los Sistemas de Calidad (MIPG, SIG, SG-SST, Sistema de Gestión Documental, entre otros).
  29. Asumir la supervisión de los contratos o convenios, previa designación del ejecutivo municipal. 30. Las demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del municipio, o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones.