Alcaldía de Yarumal

Dependencia: Secretaría de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
Correo: [email protected]
teléfono: (+57) 3205768449
Dirección: Calle 20 # 20-05 - 2º Piso

Propósito: El objetivo de la Secretaría de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, es mejorar las condiciones del agro, las ambientales y de los recursos naturales del municipio y por ende la calidad de vida de sus habitantes, mediante la interacción entre la administración, la comunidad, el sector privado y las autoridades ambientales, a través de la formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos en pro de las generaciones presentes y futuras.

Funciones:

  1. Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de políticas de buena gestión en la agricultura del municipio.
  2. Planificar, dirigir y coordinar las políticas activas propias del municipio relacionadas con las producciones agrícolas, ganaderas y forestales; la sanidad animal y vegetal; el desarrollo sostenible del medio rural y del territorio; la modernización de explotaciones agropecuarias y el regadío; los mercados agroalimentarios y sus industrias; el comercio local, regional, nacional o exterior de productos agropecuarios.
  3. Definir las relaciones de colaboración de la Secretaría en las materias citadas, con otras administraciones públicas y organizaciones o entidades representativas de los diferentes sectores. 4. Formular las estrategias y establecer las líneas directrices de investigación e innovación y de promoción en materia agroalimentaria. 
  4. Formular participativamente la política ambiental del municipio en coordinación con la autoridad ambiental y las organizaciones sociales y comunitarias del sector ambientalista. 
  5. Implementar las políticas de gestión integral del hábitat en articulación con el Departamento Administrativo de Planeación y Desarrollo Económico y las otras dependencias que resulte pertinente, de conformidad con el PBOT y el Plan de Desarrollo Municipal. 
  6. Apoyar la implementación de la política de gestión ambiental urbana dictada por el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y la autoridad ambiental. 
  7. Liderar y coordinar el Sistema Ambiental municipal, en armonía con las normas generales y con la jerarquía establecida por el Sistema Nacional Ambiental – SINA. 
  8. Liderar y coordinar la determinación, mejora o complemento del Sistema Local de Áreas Protegidas – SILAP. 
  9. Liderar y coordinar la preparación de planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental a cargo de las entidades integrantes del Sistema Ambiental del municipio. 
  10. Adelantar los estudios que se requieran para la definición de los planes de desarrollo ambiental, de protección de los recursos naturales renovables, que se incluyan o hagan parte del Plan de Desarrollo Municipal. 
  11. Fortalecer los procesos de participación ambiental ciudadana y las organizaciones ambientales urbanas y rurales. 
  12. Ejercer como autoridad ambiental en el municipio, directamente, en forma subsidiaria o a prevención, en cumplimiento de las funciones asignadas por Ley 99 de 1993 y las normas que la reglamenten, complementen o sustituyan. 
  13. Otorgar permisos, autorizaciones, concesiones y licencias para el uso o aprovechamiento de recursos naturales renovables, de conformidad con la delegación que le realicen las autoridades ambientales. 
  14. Coordinar y dirigir, con la asesoría de la Corporación Autónoma Regional las actividades permanentes de control y vigilancia ambiental que se realicen en el territorio del municipio. 
  15. Formular, ajustar y revisar periódicamente el Plan de Gestión Ambiental del municipio y coordinar su ejecución a través de las instancias establecidas, en coherencia con los planes nacionales y regionales. 
  16. Implementar, promover y desarrollar programas del sistema de gestión ambiental SIGAM y de gestión integral de residuos sólidos “PGIRS” en el municipio. 
  17. Formular y orientar las políticas, planes y programas tendientes a la investigación, conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de los recursos naturales y servicios ambientales del municipio. 
  18. Formular, implementar y coordinar, la política de conservación, aprovechamiento y desarrollo sostenible de las áreas protegidas y del recurso hídrico, superficial y subterráneo del municipio. 20. Formular, ejecutar y supervisar, en coordinación con la Secretaría de Educación y Cultura, la implementación de la política de educación ambiental municipal y promover y desarrollar programas educativos, ajustados a los lineamientos de educación ambiental del orden nacional, regional y local. 
  19. Coordinar con las autoridades del medio ambiente todos los programas que mitiguen el cambio climático y la producción limpia en los diferentes sectores de la economía. 
  20. Ejecutar obras o proyectos de descontaminación de corrientes o depósitos de agua afectados por vertimientos, así como programas de disposición, eliminación y reciclaje de residuos sólidos y de control a las emisiones contaminantes del aire. 
  21. Diseñar y coordinar las estrategias de mejoramiento de la calidad del aire y la prevención y corrección de la contaminación auditiva, visual y electro magnética, así como establecer las redes de monitoreo respectivos 
  22. Prestar asistencia técnica en lo relacionado con la defensa del medio ambiente y la protección de los recursos naturales. 
  23. Coordinar con otras entidades públicas, comunitarias o privadas, obras y proyectos de irrigación, drenaje, recuperación de tierras, defensa contra las inundaciones y regulación de cauces o corrientes de agua. 
  24. Diseñar e implementar programas para la recuperación de suelos degradados tanto en la zona rural como urbana. 
  25. Gestionar proyectos de saneamiento ambiental tanto en la zona rural como urbana. 
  26. Administrar los programas de la zona de reserva del bosque municipal. 
  27. Implementar los programas de protección animal silvestre y doméstico. 
  28. Implantar y operar el sistema de información ambiental en coordinación y con el apoyo de las demás entidades de la administración municipal. 
  29. Ejercer la gestión integral que resulte necesaria en el sector minero, de acuerdo con las normas vigentes y aplicables a la materia, desde el conocimiento, asesoría, gestión, formalización, legalización, control, entre otras. 
  30. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el alcalde y dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes. 
  31. Dar cumplimiento a la Ley 951 de 2005 o normas que la modifiquen, respecto a presentar oportunamente informe de gestión y acta de empalme, cuando se presente la novedad de separación del cargo. 
  32. Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento de los Sistemas de Calidad (MIPG, SIG, SG-SST, Sistema de Gestión Documental, entre otros). 
  33. Dirigir, orientar y asesorar los procesos y proyectos productivos, agrícolas, orgánicos y producción sostenible. 
  34. Ordenar el gasto en los asuntos que sean materia de competencia de la dependencia que lidera. 
  35. Asumir la supervisión de los contratos o convenios, previa designación del ejecutivo municipal. 38. Las demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del municipio, o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones.