Alcaldía de Yarumal

Dependencia: Secretaría de Educación y Cultura
Correo: [email protected]
teléfono: (+57) 3205768466
Dirección: Calle 20 # 20-05 - 3º Piso

Propósito: El objetivo de la Secretaría de Educación y Cultura, es garantizar la prestación del servicio básico de educación en el municipio de Yarumal, mediante la evaluación, control y mejoramiento permanente de la calidad del sistema educativo municipal. 

Funciones:

  1. Formular, orientar y coordinar las políticas y planes del sector educativo en el municipio, en concordancia con el Plan de Desarrollo local y la normatividad del orden nacional o departamental según el caso. 
  2. Formular estrategias que permitan garantizar el acceso y permanencia de los niños y jóvenes en el sistema educativo y la pertinencia, calidad y equidad de la educación, en sus diferentes formas, niveles y modalidades. 
  3. Diseñar planes, programas y proyectos orientados a mejorar la calidad de la educación en el municipio. 
  4. Administrar el servicio educativo en su jurisdicción garantizando su adecuada prestación en condiciones de cobertura, calidad y eficiencia. 
  5. Administrar, controlar y supervisar los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones, con destinación específica para educación y garantizar la correcta ejecución de los recursos provenientes del mismo. 
  6. Planificar, organizar, coordinar, distribuir recursos y ejercer el control necesario para garantizar eficiencia, efectividad y transparencia en el servicio ofrecido, mejorando la oferta a los estudiantes actuales y ampliando la cobertura de manera que se atienda al 100% de la población en edad escolar. 
  7. Proporcionar los lineamientos y estrategias para recolectar y procesar la información requerida para la planeación del servicio educativo y para la evaluación de sus resultados. 
  8. Determinar todos los lineamientos a seguir para la prestación del servicio a través del Plan Educativo Municipal. 
  9. Diseñar e impulsar estrategias y programas de inclusión para el desarrollo y formación de la niñez y la juventud, con enfoque diferencial en cuanto a grupos étnicos, población con necesidades especiales cognitivas, físicas y otras características socioculturales. 
  10. Diseñar y promover estrategias de articulación de la educación con las demandas de la ciudad y las necesidades de sus habitantes, fomentando el desarrollo del conocimiento a través de alianzas estratégicas con el sector productivo. 
  11. Asesorar y apoyar las actividades de planeación, evaluación y seguimiento requeridas para la prestación del servicio, dando respuesta oportuna a los requerimientos del sistema educativo, la población del municipio y los organismos de control. 
  12. Implementar el establecimiento de mecanismos de coordinación con los demás niveles del Sistema Educativo que garanticen el cabal cumplimiento de su función. 
  13. Promover la oferta educativa en el municipio para garantizar el acceso y la permanencia en el servicio educativo. 
  14. Dirigir y coordinar las acciones tendientes a la contratación, suministro, ejecución, supervisión y demás acciones administrativas relacionadas con el Programa de Alimentación Escolar – PAE en el municipio de Yarumal en todas las etapas, de acuerdo con las directrices que al respecto fije el Ministerio de Educación Nacional, el Departamento de Antioquia y el Plan Municipal de Desarrollo.
  15. Determinar la proyección de cupos, la reserva y asignación de cupos oficiales, el registro de matrículas de cupos oficiales y el seguimiento y control a la gestión de cobertura. 
  16. Dirigir, planificar y prestar el servicio educativo, mediante convenio o contratación y prestar directamente asistencia técnica y administrativa a las instituciones educativas. 
  17. Gestionar las acciones asociadas a la evaluación educativa, garantizando el mejoramiento continuo de los establecimientos educativos. 
  18. Gestionar la adquisición y administración de los activos y recursos físicos requeridos para la prestación del servicio en los establecimientos educativos, cuando no sea competencia del ente territorial certificado. 
  19. Fomentar la investigación y su relación con los procesos de docencia, mediante convenios u otras formas de asociación con las instituciones de educación superior de la región. 
  20. Formular, orientar y ejecutar en coordinación con el Departamento Administrativo de Planeación y Desarrollo Económico y las Secretarías de Infraestructura Física y Gestión del Riesgo y con la Secretaría de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, la política de educación ambiental del municipio. 
  21. Fomentar la educación técnica, tecnológica y universitaria, consultando las necesidades de la población y las del sector productivo y laboral del municipio. 
  22. Elaborar programas y proyectos que contribuyan a la articulación de la educación media con la educación superior y con el mundo del trabajo. 
  23. Liderar la política de cultura ciudadana. 
  24. Formular políticas, vigilar y supervisar la correcta administración y funcionamiento del Sistema Municipal de Cultura. 
  25. Formular y ejecutar la política cultural del municipio de Yarumal. 
  26. Definir y someter a consideración los planes, programas y proyectos para el fomento, fortalecimiento y consolidación de la cultura en el municipio, evaluando la ejecución de los mismos para tomar las medidas correctivas necesarias. 
  27. Establecer las estrategias y políticas para las relaciones culturales y artísticas que integren las iniciativas privadas con las públicas, en esta materia. 
  28. Fortalecer las relaciones culturales y artísticas que integran los sectores público y privado. 
  29. Formular estrategias para garantizar la promoción, consolidación, conservación y el emprendimiento de las expresiones y manifestaciones culturales propias del municipio. 
  30. Investigar, valorar, preservar, difundir y conservar el patrimonio cultural tangible e intangible y promover su sostenibilidad y su apropiación social. 
  31. Impulsar estrategias para garantizar el desarrollo y fortalecimiento de las expresiones artísticas que interpreten la diversidad cultural de los habitantes del municipio, en concordancia con los planes, programas y proyectos establecidos en el Plan de Desarrollo Municipal. 
  32. Diseñar, coordinar y dirigir programas que permitan el fomento y fortalecimiento de centros culturales, bibliotecas y centros de formación artística y cultural y la investigación sociocultural en el municipio, y asesorar el desarrollo de iniciativas privadas con el mismo objeto. 
  33. Gestionar recursos de financiación para el desarrollo de proyectos culturales para el municipio. 
  34. Diseñar, coordinar y dirigir procesos encaminados a la promoción de la lectura. 
  35. Organizar, dirigir y administrar el servicio público bibliotecario y promover la creación, el fomento y el fortalecimiento de las bibliotecas públicas y mixtas y de los servicios complementarios que a través de éstas se prestan. 
  36. Coordinar la elaboración del inventario del patrimonio cultural y artístico del municipio, sistematizarlo y mantenerlo actualizado. 
  37. Promover las manifestaciones culturales del municipio a través de la realización de eventos institucionales, intercambios culturales con otros lugares y apoyando los que se realicen con iniciativas privadas. 
  38. Apoyar y fortalecer el desarrollo de las redes de información cultural y bienes, servicios e instituciones culturales (museos, bibliotecas, archivos bandas, orquestas), así como otras iniciativas de organización del sector cultural. 
  39. Promover e impulsar estrategias que garanticen el desarrollo del arte y estímulos para los artistas. 
  40. Efectuar una adecuada administración de los bienes culturales del municipio, e implementar acciones para la protección de los lugares históricos y de interés que conforman el patrimonio cultural del municipio. 
  41. Coordinar con las entidades nacionales y departamentales competentes, las medidas para la protección del patrimonio arquitectónico, cultural y artístico del municipio, en coordinación con la Dirección de Planeación y las Secretarías de Infraestructura y Ambiente. 
  42. Establecer vínculos con entidades regionales, nacionales e internacionales para el fomento, estímulo y divulgación de la actividad cultural. 
  43. Impulsar la información y gestión de actividades y programas artísticos y culturales para la población con algún grado de discapacidad. 
  44. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el alcalde, el honorable concejo, la personería municipal y las dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes. 
  45. Dar cumplimiento a la Ley 951 de 2005 o normas que la modifiquen, respecto a presentar oportunamente informe de gestión y acta de empalme, cuando se presente la novedad de separación del cargo. 
  46. Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento de los Sistemas de Calidad (MIPG, SIG, SG-SST, Sistema de Gestión Documental, entre otros). 
  47. Ordenar el gasto en los asuntos que sean materia de competencia de la dependencia que lidera. 
  48. Asumir la supervisión de los contratos o convenios, previa designación del ejecutivo municipal. 49. Las demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del municipio, o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones.