Alcaldía de Yarumal

Dependencia: Secretaría de Infraestructura Física y Gestión del Riesgo
Correo: [email protected]
teléfono: (+57) 3127332338
Dirección: Calle 20 # 20-05 - 2º Piso

Propósito: El objetivo de la Secretaría de Infraestructura Física y Gestión del Riesgo es posibilitar el desarrollo y la conservación de la infraestructura física de uso público, infraestructura vial, de parques, zonas verdes, espacio públicos y las construcciones del Municipio de Yarumal, controlando la calidad de su ejecución, el mantenimiento de las condiciones óptimas de uso y la preservación de la diversidad e integridad del ambiente para posibilitar el desarrollo integral de las actividades económicas productivas, mediante el estudio, diseño, construcción, conservación e interventoría de obras civiles. Asimismo, tendrá como objeto identificar, evaluar, y minimizar el impacto de los riesgos, peligros y amenazas potenciales y tomar medidas para reducir o eliminar la posibilidad de que ocurran, coordinando, impulsando y fortaleciendo las capacidades para el conocimiento del riesgo, reducción del mismo y manejo de desastres y su articulación con los procesos de desarrollo en los ámbitos nacional, regional y local.

Funciones:

  1. Posibilitar el desarrollo y la conservación de la infraestructura física de uso público, infraestructura vial, de parques, zonas verdes, espacios públicos, servicios públicos y construcciones del municipio. 
  2.  Atender el diseño, construcción, sostenimiento y conservación de las vías públicas, la infraestructura física y las edificaciones destinadas por el municipio para el servicio público. 
  3.  Programar y ejecutar los planes y proyectos de rehabilitación y mantenimiento de la malla vial local y aquellas que sean necesarias para atender las situaciones imprevistas que dificulten la movilidad en la red vial del municipio. 
  4.  Obtener los estudios y diseños necesarios para la construcción y el mantenimiento de las obras públicas. 
  5.  Suministrar la información para mantener actualizado el Sistema de Gestión de la malla vial del municipio, con toda la información de las acciones que se ejecuten. 
  6.  Orientar la ejecución de las obras de amueblamiento urbano como uno de los instrumentos de ejecución del PBOT. 
  7.  Prestar asesoría técnica requerida por las entidades públicas y privadas para articular sus planes y proyectos con el Plan de Desarrollo y el Plan Básico de ordenamiento Territorial Municipal, en materia de vías, tránsito, transporte, espacio público, infraestructura vial y de servicios públicos. 
  8.  Proponer ajustes a la normatividad vigente relacionada con vías, tránsito y transporte y servicios públicos. 
  9.  Dirigir la preparación de los términos de referencia y/o pliego de condiciones, las evaluaciones de las licitaciones y/o concursos públicos de méritos para la contratación de estudios de prefactibilidad, factibilidad, diseños y construcción de obras que requiera el municipio. 
  10.  Coordinar y adelantar la interventoría técnica y administrativa para el control de la ejecución de las obras relacionadas con su competencia. 
  11.  Implementar programas de mejoramiento de viviendas que propendan por el progreso de las condiciones de habitabilidad de las viviendas y la calidad de vida de las familias. 
  12.  Ejecutar las políticas de gestión a los proyectos de renovación urbana, el mejoramiento integral de los asentamientos, los reasentamientos humanos en condiciones dignas, el mejoramiento de vivienda y la producción de vivienda nueva VIP y VIS. 
  13.  Implementar programas para el embellecimiento del municipio, en lo referente al amueblamiento urbano, de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal. 
  14.  Expedir permisos de rotura de calles. 
  15.  Establecer planes y programas de trabajo que deba realizar el personal a su cargo, así como la dirección y coordinación general de su dependencia con el fin de procurar la buena marcha de la administración. 
  16.  Planear, coordinar y supervisar los contratos de construcción, mantenimiento y remodelación de obras civiles. 
  17.  Velar por el uso adecuado, buen manejo, seguridad, conservación y mantenimiento de los equipos y materiales a su cargo y reportar cualquier anomalía que se ofrezca. 
  18.  Liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas de atención y prevención de emergencias. 
  19.  Coordinar el Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres – CMGRD y articular las acciones de las diferentes dependencias de la administración local, las entidades descentralizadas del conglomerado público municipal y otras instancias de gobierno en torno al tema. 
  20.  Promover la gestión integral de riesgos de origen natural y humano no intencional y de garantizar el manejo efectivo de las situaciones de emergencia minimizando los efectos negativos sobre la población. 
  21.  Dirigir y coordinar con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios o quien tenga a su cargo la gestión integral del riesgo, la atención oportuna de las distintas emergencias relacionadas con incendios, explosiones y calamidades conexas. 
  22.  Promover y apoyar la formulación y articulación de la política pública de gestión del riesgo de desastres a nivel municipal y realizar seguimiento a su ejecución. 
  23.  Apoyar a la Administración Municipal en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración del riesgo de desastres. 
  24.  Impulsar políticas de gestión de riesgos, para la identificación, prevención y mitigación de riesgos, que orienten la adopción de medidas de intervención correctiva y prospectiva de los factores de amenaza y vulnerabilidad existentes o potenciales. 
  25.  Coordinar y promover la realización de acciones de prevención, mitigación y atención de desastres, calamidades y emergencias por parte de las entidades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y hacer el seguimiento correspondiente. 
  26.  Intervenir en la preparación e inclusión del componente de prevención y mitigación de riesgos en el proyecto de plan de ordenamiento territorial y en el Plan de Desarrollo del Municipio. 
  27.  Preparar para su adopción, las normas que definan los términos técnicos, las instancias institucionales y los mecanismos de seguimiento, evaluación y control de los análisis de riesgos y de medidas de prevención y mitigación de los mismos 
  28.  Establecer políticas y coordinar acciones para responder eficaz y eficientemente en situaciones de emergencia y/o desastre, a través de la organización, planificación, seguimiento y control a nivel Institucional e Interinstitucional y de la implementación de los planes de acción establecidos.
  29. Garantizar la debida coordinación de las decisiones adoptadas por los comités interinstitucionales con las del Consejo Municipal de Gestión del Riesgo y brindar apoyo técnico a los comités locales e interinstitucionales para la atención de emergencias y coordinar la atención de emergencias y desastres en conjunto con las entidades requeridas, especialmente con Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, entre otros. 
  30.  Contribuir al desarrollo del conocimiento sobre amenazas, vulnerabilidades y riesgos en el municipio, mediante la emisión de conceptos técnicos sobre los riesgos de tipo geológico hidro-meteorológico y eléctrico en las diferentes zonas del municipio y de amenaza ruina sobre los inmuebles y edificaciones ubicados en el municipio. 
  31.  Elaborar estudios, emitir los conceptos y diagnósticos técnicos mediante los cuales se recomiende el reasentamiento de familias localizadas en zonas de alto riesgo no mitigable, así como establecer el nivel de prioridad del reasentamiento de acuerdo con las condiciones de riesgo de cada familia y el valor del reconocimiento económico que garantice su inclusión en los programas de vivienda del municipio, con ocasión del reasentamiento por alto riesgo no mitigable. 
  32. Coordinar con la Secretaría de Educación y Cultura, las campañas de prevención de desastres, calamidades y emergencias en las escuelas y colegios del municipio y con la comunidad en general.
  33. Coordinar con el Cuerpo de Bomberos Voluntarios o con quien tenga a su cargo la gestión integral del riesgo en el municipio, la expedición de una reglamentación en la cual se definan y precisen las condiciones técnicas de seguridad en políticas de gestión del riesgo de desastres. 
  34.  Formular, liderar su adopción por acuerdo y mantener actualizado el Plan de Gestión del Riesgo Municipal. 
  35.  Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el alcalde, el honorable concejo, la personería municipal y las dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes. 
  36.  Dar cumplimiento a la Ley 951 de 2005 o normas que la modifiquen, respecto a presentar oportunamente informe de gestión y acta de empalme, cuando se presente la novedad de separación del cargo. 
  37.  Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento de los Sistemas de Calidad (MIPG, SIG, SG-SST, Sistema de Gestión Documental, entre otros). 
  38.  Ordenar el gasto en los asuntos que sean materia de competencia de la dependencia que lidera. 
  39.  Asumir la supervisión de los contratos o convenios, previa designación del ejecutivo municipal.
  40.  Las demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del municipio, o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones.