Dependencia: | Secretaría de Movilidad |
Correo: | [email protected] |
teléfono: | (+57) 3135794647 |
Dirección: | Calle 15 # 25-160 Terminal de Transporte Citrayar |
Propósito: El objetivo de la Secretaría de Movilidad, es orientar las políticas sobre la regulación y control del tránsito, el transporte público urbano en todas sus modalidades, la intermodalidad, el mejoramiento de las condiciones de movilidad y el desarrollo de infraestructura apropiada para satisfacer las necesidades de transporte de la comunidad y mantener la circulación vial dentro de un estado de normalidad, acorde con las actividades del municipio
Funciones:
- Formular y orientar las políticas sobre la regulación y control del tránsito, el transporte público urbano en todas sus modalidades, la intermodalidad y el mejoramiento de las condiciones de movilidad y el desarrollo de infraestructura de transporte.
- Liderar, formular y orientar las políticas sobre la regulación y control del tránsito, el transporte público en todas sus modalidades y el mejoramiento de las condiciones de movilidad y el desarrollo de infraestructura vial y de transporte del municipio.
- Diseñar y establecer planes y programas de movilidad en el corto, mediano y largo plazo dentro del marco del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.
- Garantizar la planeación, gestión, ordenamiento, desarrollo armónico y sostenible del municipio en los aspectos de tránsito, transporte y seguridad vial.
- Garantizar la prestación de los servicios de tránsito y transporte, de acuerdo con las necesidades de la comunidad, en condiciones de seguridad y comodidad.
- Actuar como autoridad de Tránsito y Transporte.
- Participar en el diseño de la política y de los mecanismos de la construcción y explotación económica de las terminales de transporte de pasajeros, de carga y de transferencia y demás modalidades de transporte que se pretenda implementar.
- Orientar, establecer y planear el servicio de transporte público urbano en todas sus modalidades, en el municipio, la subregión y su área de influencia.
- Planear, coordinar y controlar la operación, entre otros mecanismos de seguridad vial, de la semaforización y señalización de los segmentos viales del municipio.
- Garantizar el cumplimiento de las normas sobre registro de vehículos automotores
- Tramitar la expedición de licencias de conducción y proponer la regulación para el funcionamiento de escuelas de enseñanza automovilística.
- Regular el transporte público individual y las modalidades de transporte no motorizado y peatonal.
- Administrar los sistemas de información del sector.
- Diseñar e implementar acciones de regulación del tránsito y el transporte público y privado a nivel municipal.
- Autorizar y tomar las medidas oportunas preventivas y sancionatorias para mitigar el impacto en la circulación que puedan producir los trabajos en las vías públicas.
- Implementar planes, programas y proyectos que conlleven a la prevención de la accidentalidad.
- Responder, dentro de su jurisdicción por la colocación y mantenimiento, previo estudio de las necesidades e inventario, de las señales viales y del sistema de semaforización.
- Aplicar y hacer cumplir las normas sobre transporte, tránsito y de control de contaminación ambiental.
- Contribuir a la utilización racional y accesible del espacio público y el transporte para la movilidad.
- En virtud de delegación que se enciende efectuada en esta norma, conocerá de los recursos de apelación ante decisiones proferidas por los Inspectores de Policía, así: Artículo 144 “Comportamientos contrarios a la convivencia en ciclorrutas y carriles exclusivos para bicicletas por parte de los no usuarios de bicicletas” y Artículo 146 “Comportamientos contrarios a la convivencia en los sistemas de transporte motorizados o servicio público de transporte masivo de pasajeros”, de conformidad con los Artículos 198 y 207 de la Ley 1801 de 2016.
- Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el alcalde, el honorable concejo, la personería municipal y las dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes.
- Dar cumplimiento a la Ley 951 de 2005 o normas que la modifiquen, respecto a presentar oportunamente informe de gestión y acta de empalme, cuando se presente la novedad de separación del cargo.
- Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento de los Sistemas de Calidad (MIPG, SIG, SG-SST, Sistema de Gestión Documental, entre otros).
- Ordenar el gasto en los asuntos que sean materia de competencia de la dependencia que lidera.
- Asumir la supervisión de los contratos o convenios, previa designación del ejecutivo municipal. 26. Las demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del municipio, o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones.