Dependencia: | Secretaría de Participación Ciudadana y Paz |
Correo: | [email protected] |
teléfono: | (+57) 3217834864 |
Dirección: | Calle 20 # 20-05 - 3º Piso |
Propósito: El objetivo de esta dependencia es potencializar el desarrollo social de la comunidad, dinamizando los procesos de organización y participación comunitaria y previniendo los riesgos sociales para lograr una verdadera integración social de las personas, las familias y las comunidades, con especial atención en aquellas que estén en mayor situación de vulnerabilidad.
De igual modo, la dependencia acompañará el diseño, formulación, implementación y evaluación de la política municipal de paz y reconciliación, en concordancia con los lineamientos de la Política Pública Nacional.
Además, tiene como objetivo, dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos definidos por la administración municipal en materia de vivienda y hábitat ajustándolos a las normas vigentes y de acuerdo con las necesidades del municipio.
Funciones:
- Promover y ejercer las acciones que faciliten y aseguren la gobernabilidad local, la convivencia y seguridad ciudadana, la generación de espacios y procesos sostenibles de participación de los ciudadanos y las organizaciones sociales.
- Liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas necesarios para el mejoramiento de la gestión pública local y la consolidación de los procesos de la gobernabilidad local.
- Establecer políticas tendientes a la participación de los jóvenes, las mujeres y los adultos mayores en las decisiones de la administración municipal que los afecten positiva o negativamente.
- Realizar las acciones pertinentes para los procesos de elección de los cabildos de adulto mayor y consejos municipales de juventud.
- Proponer y ejecutar políticas, programas y proyectos que garanticen la equidad de género.
- Diseñar políticas públicas en materia de juventud, o modificar las existentes siguiendo los lineamientos legales.
- Apoyar y fortalecer las iniciativas juveniles que sean presentadas ante la administración municipal, de conformidad con la normativa vigente al respecto y las estrategias, programas y proyectos contemplados en el Plan Municipal de Desarrollo.
- Incentivar la participación democrática y la plataforma juvenil, de cara a los retos que esos ítems ofrecen.
- Coordinar, dirigir y coordinar todas las acciones necesarias para el funcionamiento e instalación del Consejo Municipal de Juventud, desde la preparatoria de sus elecciones hasta el desarrollo de sus funciones.
- Asesorar y/o elaborar políticas tendientes a garantizar el derecho a la participación ciudadana y propiciar el fortalecimiento de las organizaciones sociales, atendiendo las políticas, planes y programas que se definan en estas materias.
- Promocionar la participación de la comunidad en los procesos de interés local, a través de los distintos mecanismos legales y de organización comunitaria contemplados en la ley.
- Adelantar programas permanentes de formación ciudadana para el conocimiento, promoción y protección de los valores democráticos, constitucionales, institucionales, cívicos y especialmente el de la solidaridad social de acuerdo con los derechos fundamentales; los económicos, los socioculturales, los colectivos y del medio ambiente.
- Potencializar el desarrollo social de la comunidad, dinamizando los procesos de organización y participación comunitaria y previniendo los riesgos sociales.
- Asesorar políticas y en general, direccionar el accionar de la administración en lo referente a las relaciones con los organismos comunales, comunitarios y afines.
- Liderar, coordinar y acompañar las acciones tendientes a la organización del movimiento comunal, brindando asesoría, formación y capacitación de los líderes municipales en el asunto.
- Organizar y ejecutar lo referente a los procesos de elección de las Juntas de Acción Comunal y demás organizaciones comunales y comunitarias, así como expedir los autos de reconocimiento, posesiones y todo aquello que contemple la Ley 2166 de 2021.
- Servir de puente entre la administración y todas las manifestaciones comunitarias organizadas y/o asociadas, así como fomentar la creación de nuevas juntas cuando sea pertinente.
- Elaborar y/o asesorar la política institucional que se ejecute con relación al fomento de organizaciones sociales y comunitarias, sus funciones y cometidos.
- Liderar y formular las políticas sociales del municipio para la integración social de las personas, las familias y las comunidades, con especial atención para aquellas que estén en mayor situación de pobreza y vulnerabilidad.
- Formular, orientar y desarrollar en la perspectiva del reconocimiento y la garantía de los derechos, políticas sociales, en coordinación con otros sectores, organismos o entidades, para los distintos grupos poblacionales, familias y comunidades, en especial de aquellos en mayor situación de pobreza y vulnerabilidad y promover estrategias que permitan su desarrollo.
- Implementar las políticas, planes, programas y proyectos de formación y generación de cultura para la paz y la no violencia en el nivel central y descentralizado.
- Convocar, liderar, atender, gestionar y ejercer como secretario técnico del Comité de Justicia Transicional.
- Liderar programas y proyectos de investigación, innovación social y gestión del conocimiento que aporten a la prevención de la violencia y la transformación de los conflictos en el territorio.
- Implementar un modelo de atención, asistencia, acompañamiento, protección y seguimiento a las víctimas y excombatientes reincorporados para garantizar sus derechos, la no estigmatización y las reparaciones a las que haya lugar para la promoción de la convivencia pacífica.
- Brindar atención y acompañamiento para la reinserción de la población carcelaria y los adolescentes en el sistema de responsabilidad penal, así como la población en riesgo para la prevención de la violencia.
- Coordinar, con entidades como el Centro Nacional de Memoria Histórica y organizaciones de la sociedad civil, acciones específicas para la dignificación de las víctimas y la construcción de memoria colectiva en el territorio.
- Fortalecer los procesos y escenarios de transformación de conflictos y reconciliación, favoreciendo la conformación de redes de organizaciones sociales y comunitarias para la reconciliación ciudadana.
- Consolidar un proceso de articulación con el Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y Garantía de No Repetición creado tras los acuerdos de paz con las Farc. De este sistema hacen parte la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas.
- Brindar la debida e integral atención, orientación y acompañamiento a las víctimas de un delito o conflicto armado que haya impactado al municipio de Yarumal, acompañando a las víctimas en todas las etapas de su proceso administrativo.
- Coordinar las medidas de asistencia, atención y reparación otorgadas por el Estado, como de articular a las entidades que hacen parte del Sistema Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV).
- Establecer un puente de comunicación entre las víctimas y las Entidades del Estado con el fin de asegurar la participación de las víctimas en los programas específicos que se creen o se generen para ellas, así como en la recepción de subsidios cuando corresponda.
- Construir el Plan Habitacional, conforme a las políticas definidas para el efecto en el Plan de Desarrollo.
- Desarrollar programas de legalización y titulación que permita a los poseedores certificar la calidad de la tenencia del bien y acercar a las familias a la solución definitiva de vivienda digna.
- Generar los programas de capacitación en Ley 675 de 2001, buscando la convivencia pacífica en aquellas unidades ya construidas o que se vayan a construir, coherentes con la caracterización de sus integrantes.
- Apoyar la implementación de la política de gestión integral del hábitat en articulación con la Empresa de Vivienda del Departamento, el Fondo Nacional del Ahorro, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o las unidades administrativas que hagan sus veces, de conformidad con el Plan Básico de ordenamiento Territorial y el Plan de Desarrollo Municipal.
- Diseñar las estrategias para la financiación del hábitat, en planes de renovación urbana, mejoramiento integral de asentamientos, los subsidios a la demanda, la titulación de predios y la construcción de vivienda nueva VIS y VIP.
- Ejecutar una política habitacional incluyente y participativa por medio del otorgamiento de subsidios que posibilite a las familias del municipio, el acceso a esta necesidad básica y así contrarrestar el déficit de vivienda cualitativa y cuantitativa que se presenta en la actualidad.
- Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el alcalde, el honorable concejo, la personería municipal y las dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes.
- Dar cumplimiento a la Ley 951 de 2005 o normas que la modifiquen, respecto a presentar oportunamente informe de gestión y acta de empalme, cuando se presente la novedad de separación del cargo.
- Contribuir y garantizar la implementación y mejoramiento de los Sistemas de Calidad (MIPG, SIG, SG-SST, Sistema de Gestión Documental, entre otros).
- Ordenar el gasto en los asuntos que sean materia de competencia de la dependencia que lidera.
- Asumir la supervisión de los contratos o convenios, previa designación del ejecutivo municipal.
- Las demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del municipio, o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones