Alcaldía de Yarumal

Dependencia: Secretaría de Seguridad y Convivencia Ciudadana
Correo: [email protected]
teléfono: No disponible
Dirección: Calle 19 # 21-43

Propósito: El objetivo de la Secretaría de Seguridad y Convivencia Ciudadana, es fomentar y difundir la cultura de convivencia, tolerancia y solución pacífica de conflictos, con el fin de promover y respetar el cumplimiento de los derechos constitucionales, así como de las normas relativas al usufructo del espacio público que rigen en el municipio; así mismo, este despacho es el encargado de la coordinación de los elementos que garanticen la seguridad en la localidad, lo cual se hará con el acompañamiento, gestión y control de los organismos de seguridad del Estado

Funciones:

  1. Promover y ejercer las acciones que faciliten y aseguren la gobernabilidad local, la convivencia y seguridad ciudadana, la generación de espacios y procesos sostenibles de participación de los ciudadanos y las organizaciones sociales. 
  2. Liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas dirigidos a garantizar la convivencia pacífica, el respeto de los derechos humanos, la seguridad ciudadana y la preservación del orden público en el municipio. 
  3. Liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas necesarios para el mejoramiento de la gestión pública local y la consolidación de los procesos de la gobernabilidad local. 
  4. Promover en el municipio una cultura de convivencia, participación ciudadana, tolerancia y solución pacífica de conflictos, con el fin de promover y respetar el cumplimiento de los derechos constitucionales, así como de las normas relativas al espacio público. 
  5. Liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas del sistema de justicia y solución de conflictos del municipio. 
  6. Liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas encaminados a garantizar la participación de los habitantes en las decisiones que les afecten y en el control social a la gestión pública. 
  7. Apoyar a las autoridades electorales, con miras al fortalecimiento de la democracia pluralista y participativa y el cumplimiento de los derechos y deberes civiles y políticos. 
  8. Velar por el respeto de los derechos civiles, garantías sociales y salvaguarda de la vida, honra y bienes de los ciudadanos. 
  9. Ejercer la prevención y control de los agentes externos que garantizan la seguridad integral de los ciudadanos del municipio, utilizando los mecanismos de competencia legal asignada o delegada. 
  10. Colaborar, coordinar y planear con el alcalde, las autoridades civiles, militares y de policía, lo relacionado con el mantenimiento del orden público, la seguridad, la prevención y atención de calamidades públicas. 
  11. Autorizar la publicidad exterior visual de conformidad con las normas vigentes, el amueblamiento urbano y la protección al medio ambiente. 
  12. Liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas dirigidos a la promoción, desarrollo y organización de las iniciativas y procesos ciudadanos solidarios para la atención de las poblaciones vulnerables desde la perspectiva de convivencia y seguridad ciudadana. 
  13. Liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas para la defensa del espacio público. 
  14. Coordinar y programar las políticas y campañas de la administración municipal referentes al control de establecimientos públicos y espectáculos, y velar por el cumplimiento de las normas sobre su funcionamiento y de las sanciones respectivas, cuando se violen las disposiciones vigentes. 
  15. Ejercer, a través de las inspecciones de policía, las acciones de competencia legal que permitan conciliar el ejercicio de deberes y derechos ciudadanos con el orden civil establecido. 
  16. Ejercer, a través de la Comisaría de Familia las acciones de derecho familiar que permitan conciliar el ejercicio de los deberes y derechos de cada miembro del núcleo familiar. 
  17. Coordinar, programar y ejecutar las políticas del municipio referentes al control de precios, pesas, medidas y calidad, velar por el cumplimiento de las normas correspondientes. 
  18. Coordinar, programar y ejecutar el control a las agencias de arrendamiento, prenderías, casas de empeño, parqueaderos abiertos al público, hidrocarburos, casinos, rifas juegos y espectáculos, ventas por club, y velar por el cumplimiento de las políticas del municipio y la normativa vigente sobre la materia. 
  19. Asegurar y conducir las acciones tendientes a la recuperación del espacio público, permitiendo determinar el uso adecuado del mismo, de acuerdo a las disposiciones sobre usos del suelo y aplicables a la entidad territorial. 
  20. Asegurar que al espacio público se le dé el uso adecuado y consignado en las disposiciones sobre usos del suelo aplicables a la entidad territorial y conducir las acciones de recuperación y organización definidas en las políticas del municipio. 
  21. Expedir las licencias de intervención y ocupación del espacio público. 
  22. Rendir los informes periódicos de gestión que se le soliciten por el alcalde, el Concejo, la Personería y las dependencias al interior de la administración municipal y demás autoridades competentes. 
  23. Convocar, coordinar y ejercer la secretaría técnica del Comité Municipal de Convivencia.
  24. Convocar, coordinar y ejercer la secretaría técnica del Comité de Orden Público Territorial del municipio. 
  25. Convocar, coordinar y ejercer la secretaría técnica del Consejo de Seguridad del municipio de Yarumal. 
  26. Servir de enlace entre los organismos de seguridad del Estado y el municipio de Yarumal. 
  27. Servir de enlace entre la administración municipal y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario para el adelantamiento de acciones coordinadas entre ambas instituciones. 
  28. Conocer de los recursos de apelación ante decisiones proferidas por los Inspectores de Policía, de acuerdo con el numeral 12 del artículo 92 “Comportamientos relacionados con el cumplimiento de la normatividad que afectan la actividad económica”, artículo 115 “Comportamientos contrarios a la protección y conservación del patrimonio”, numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 del artículo 135 “Comportamientos contrarios a la integridad urbanística”, y los artículos 198 y 207 de la Ley 1801 de 2016. 
  29. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia o que le sean asignadas por la ley o autoridad competente.