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Establecimiento industriales y de comercio

#Información Desde la Alcaldía de Yarumal se informa sobre los establecimiento industriales y de comercio que puedan prestar servicios durante la #CuarentenaporlaVida y durante los 19 días del aislamiento nacional decretado por el Gobierno.

1) Restaurantes y establecimientos de venta de comidas (a través de comercio electrónico -aplicaciones- o domicilios).

2) Tiendas de barrio, graneros, supermercados, mini-mercados, distribuidoras de alimentos, minoristas y mayoristas.

3) Panaderías, charcuterías, carnicerías (comercio al detal y a través de domicilios).4) Agropecuarias y distribuidoras de alimentos para animales.5) Empresas industriales que produzcan alimentos (lácteos, queseras, fábricas de arepas), además de estar autorizados sus repartidores.6) Farmacias (comercio al detal y domicilios).7) Plaza de mercado y centro de acopio.Equipo de Comunicaciones - Alcaldía de Yarumal

 

Durante la #CuarentenaporlaVida están exepcionadas las siguientes personas

#Quédateencasa Durante la #CuarentenaporlaVida están exepcionadas las siguientes personas:

1) Personal de la Fuerza Pública, Personerías, Defensa Civil, Cruz Roja,, Defensoría del Pueblo, Cuerpo de Bomberos, ICBF, Fiscalía, Rama Judicial, INPEC y autoridades con funciones de Policía y Tránsito.

2) Personas que laboren en el sector salud.

3) Personas que requieran atención en salud y sus acompañantes.

4) Personas que se dediquen al cuidado de personas adultas mayores.

5) Trabajadores y operadores de obras de infraestructura.

6) Personal que trabaje en abastecimiento de víveres, productos de aseo, producción de alimentos y actividades agropecuarias.

7) Personas que trabajen en farmacias, tiendas de abarrotes, plazas de mercado, domicilios, supermercados, tiendas mayoristas y minoristas, estaciones de combustibles.

8) Personas adscritas a servicios funerarios.

9) Personas que laboren en servicios veterinarios, quienes deben sacar sus mascotas por un tiempo no máximo a 20 minutos o suministren alimentos a animales en estado de abandono o confinamiento.

10) Personas de la zona rural que requieran abastecimiento de víveres y productos de aseo o higiene.

11) Personas que laboren en medios de comunicación.

12) Personal que labore en servicios públicos domiciliarios, telecomuniaciones, centros de llamadas, centros de soporte técnico, plataformas de comercio electrónico y sus contratistas.

13) Funcionarios públicos, empleados y contratistas cuya labor sea necesaria para el desarrollo de las actividades de contención del Covid-19.El resto de la comunidad debe permanecer en casa durante la #CuarentenaporlaVida y el aislamiento nacional de 19 días.